Con la entrada en vigor de la nueva normativa UAS el 1 de enero de 2021, las operaciones especializadas dejan de existir y cambian los escenarios para los que se requería autorización previa de EASA. Todas las operaciones que cumplan con los requisitos de la la categoría abierta no necesitará permiso para ejecutarse. Los requisitos para operar en la categoría abierta son:
- El dron utilizado pertenece a una de las clases establecidas por la nueva normativa UAS, o cumple sus condiciones.
- La masa máxima de despegue (MTOM) es inferior a 25 kg.
- No sobrevuela aglomeraciones de personas y mantiene una distancia mínima de seguridad con ellas.
- Los vuelos se realizan dentro del alcance visual del piloto (VLOS).
- Altura máxima de vuelo de 120 metros sobre el punto más cercano a la superficie terrestre.
Por otro lado, aquellas operaciones con UAS que se realicen en un escenario estándar de la categoría específica Tampoco requerirá autorización previa de EASA, pero declaración operativa.
Muchas operaciones que antes requerían autorización previa para su realización dejarán de requerirla tras la entrada en vigor de la nueva normativa UAS.
Más información sobre categorías operativas con drones
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Publicado: 18 de febrero de 2020
A partir del 1 de enero de 2021, tanto en España como en el resto de países de la Unión Europea, entra en vigor el reglamento de la UE sobre operaciones con drones. Con él, habrá varios cambios en la forma de entender el funcionamiento de los drones y sus límites; Además de los requisitos de…
Operaciones nocturnas con UAS
Las operaciones nocturnas realizadas en la categoría abierta no requieren autorización previa ni declaración responsable por parte del operador a EASA. Lo que sí será obligatorio es que la aeronave esté equipada con luces u otros dispositivos para asegurar su visibilidad.
Además, los drones deben tener una luz verde intermitente incorporada que se activa cuando vuela de noche. Esta luz será obligatoria a partir del 2 de diciembre de 2021 para la categoría abierta y a partir del 1 de julio de 2022 para la categoría específica.
Operaciones en espacio aéreo controlado o zona FIZ
En este tipo de operaciones, el operador de drones ya no necesitará contar con autorización o declaración responsable de EASA, sino que deberá cumplir con el resto de requisitos que ya existen con la normativa vigente. Las operaciones de espacio aéreo controlado requieren:
- Previa realización de un estudio de seguridad aeronáutica coordinado con el proveedor de servicios de tránsito aéreo de la zona, según metodología SORA. Los límites y obligaciones de la operación estarán sujetos a los resultados del estudio.
- Autorización del control de tránsito aéreo o entrega al personal de información de vuelo del aeródromo.
- Remisión al servicio de tránsito aéreo del plan de vuelo de la operación.
- Los equipos y el piloto deberán disponer de todo lo necesario para mantener la comunicación con el servicio de tránsito aéreo. Es decir, equipo de comunicación adecuado y certificado de operador de radio para pilotos de drones.
Operaciones en aglomeraciones de edificios o lugares habitados
Para volar drones sobre grupos de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados, es obligatorio, en todas las categorías, que la aeronave esté equipada con un dispositivo limitador de energía de impacto (por ejemplo, un paracaídas aprobado).
Si la operación cumple con los requisitos de la categoría abierta, no es necesario presentar nada a EASA. Aun así, el operador de UAS debe dejar claro que no puede sobrevolar concentraciones de personas y mantener una distancia de seguridad dependiendo de la subcategoría y aeronave utilizada en la operación. Los requisitos de distancia de seguridad son los siguientes:
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Operaciones más allá del alcance visual del piloto (BVLOS)
Las operaciones en las que la aeronave no está dentro del alcance visual del piloto no se pueden realizar en la categoría abierta. Sólo podrán realizarse en una categoría concreta dentro de un escenario Tipo 2. Para ello será necesaria una declaración operativa.
En los casos en que la operación no cumpla con los requisitos del Escenario Estándar 2, el operador deberá solicitar una autorización a EASA para confirmar si este tipo de vuelo es posible.
La nueva normativa de drones de la UE facilita en muchos casos la realización de operaciones con drones, siempre que el piloto cumpla los requisitos de formación y la aeronave cumpla las condiciones de su clase. Mantente al tanto de todas las noticias que publica AESA en nuestro blog.
A partir del 1 de enero de 2021, si desea continuar volando su dron, deberá tener la capacitación necesaria para el tipo de vuelo y RPAS que está volando. Además, deberá registrarse como operador en EASA y cumplir con la normativa europea.
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